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22 Dic 2024 | Actualizado 11:30

Revista del Sector Hortofrutícola

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Ya están disponibles las ayudas extraordinarias a productores de frutales

Financiada con cargo a la reserva de crisis de la UE, se trata de una de las medidas de apoyo para compensar a los agricultores por los efectos de la sequía y la guerra en Ucrania.

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El MAPA ha publicado el listado definitivo de los 64.660 titulares de explotaciones agrícolas productores de frutales y frutos de cáscara, que van a recibir un total de 70.321.240 euros de la ayuda extraordinaria para compensar por la situación debida a la sequía y a las consecuencias del conflicto bélico en Ucrania. Los importes serán ingresados en las cuentas corrientes de los agricultores antes de que acabe el año. 

Esta ayuda se estableció mediante el Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia agraria y de aguas en respuesta a la sequía y al agravamiento de las condiciones del sector primario derivado del conflicto bélico en Ucrania y de las condiciones climatológicas, y fue desarrollada por la Orden APA/871/2023, de 20 de julio. 

Esta ayuda extraordinaria se concede de oficio a las superficies de frutales (frutales de pepita, de hueso, tropicales y/o cítricos), y/o de frutos de cáscara que hayan percibido ayudas directas en la campaña de la Política Agraria Común 2023 y que se encuentren ubicadas en las zonas de afectación de la sequía establecidas en el Anexo II de la Orden APA/871/2023, de 20 de julio. Dichas zonas de afectación se han establecido a nivel de provincia y son: 

A) Zona de afectación alta: Provincias de: Álava, Almería, Barcelona, Enclave de Treviño en Burgos, Girona, Granada, Huesca, La Rioja, Lleida, Málaga, Navarra, Tarragona, Teruel y Zaragoza 

B) Zona de afectación media: Provincias de: Albacete, Alicante, Badajoz, Cádiz, Cáceres, Ciudad Real, Castellón, Córdoba, Cuenca, Guadalajara, Huelva, Jaén, Murcia, Sevilla, Toledo y Valencia/València. 

  Los importes unitarios establecidos por el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), en base al listado provisional de beneficios y superficies publicado, son los siguientes: 

  • Para las explotaciones que cuenten con la mayor parte de su superficie de frutales y frutos de cáscara declarada en la campaña 2023 en las provincias recogidas dentro de la zona de afectación alta, 270,902544 euros por hectáreas para frutales y 90,629215 euros por hectárea para frutos de cáscara.
  • Para las explotaciones que cuenten con la mayor parte de su superficie de frutales y frutos de cáscara declarada en la campaña 2023 en las provincias recogidas dentro de la zona de afectación media, 135,451272 euros por hectárea para frutales y 45,3146075 euros por hectárea para frutos de cáscara.

Se conceden ayudas cuando el importe a percibir resulte igual o superior a los 200 euros, y hasta un máximo de 70 hectáreas por beneficiario, en las que se prioriza la superficie de frutales. 

La relación de titulares de explotaciones agrícolas que recibirán esta ayuda, junto con el número de hectáreas de frutales y de frutos de cáscara computadas y la cuantía de la ayuda a percibir se puede consultar en el tablón de anuncios de las sede electrónica del FEGA. 

La distribución por comunidades autónomas del número de titulares y de los importes que se conceden mediante esta resolución son los siguiente: 

 

 

CCAA Encabezado tabla 

titulares de explotaciones Encabezado tabla 

Importe Total (euros) Encabezado tabla 

Andalucía  

13.591  

17.734.524  

Aragón  

7.659  

12.970.027  

Castilla-La Mancha  

9.028  

6.608.597  

Cataluña  

8.503  

13.474.685  

Extremadura  

1.917  

1.628.487  

Madrid  

6  

7.902  

Murcia  

4.517  

4.317.391  

Navarra  

458  

510.693  

País Vasco  

16  

5.132  

La Rioja  

851  

654.559  

C. Valenciana  

18.114  

12.109.242  

TOTAL  

64.660  

70.321.240  

 

Nota: las ayudas se asignan a la CA en la que se gestiona la solicitud única de la PAC 2023  

La resolución recoge igualmente aquellos titulares a los que no se les ha realizado el pago por no estar al corriente de sus obligaciones tributarias o con la seguridad social. Estos agricultores disponen de un plazo máximo de un mes para subsanar esta situación y poder así recibir la ayuda. 

En el caso de aquellos titulares que han presentado alegaciones que tienen que ser estudiadas con más detalle, éstas han sido remitidas a las comunidades autónomas para su análisis. Posteriormente se procederá a la resolución de estas y, si procede, al pago de la ayuda correspondiente. 

 El FEGA tiene previsto publicar una nueva resolución provisional complementaria con aquellos titulares que, teniendo derecho a la ayuda por cumplir los requisitos establecidos, no se incluyeron en el listado provisional publicado en el pasado mes de noviembre al no haberse finalizado los controles de las ayudas directas de la PAC y que han sido remitidos con posterioridad por las comunidades autónomas. 

 Existe disponible más información sobre esta ayuda en la página web del FEGA, en el siguiente enlace: https://www.fega.gob.es/es/ayudas-excepcionales-productores-sectores-agrarios/ayudas-sectores-agricolas 

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