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24 Ago 2026 | Actualizado 09:15

Revista del Sector Hortofrutícola

La gestión de crisis como reto del futuro

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La noticia se hizo pública el 19 de julio del 2016. Las indemnizaciones por retirada se incrementarán en el momento de entrada en vigor de dicho reglamento, previsto para el primer trimestre de 2017. Según ha detallado Fernando Miranda,  Director General de Producciones y Mercados Agrarios del Ministerio, “la indemnización de retirada se calcula como un porcentaje del precio a salida, que actualmente está en el 30% del precio para las retiradas con destino a la distribución gratuita y en el 20% para otros destinos. De esta forma, la propuesta aumenta estos porcentajes al 40% y 30% respectivamente. En el caso de los productos cuyas indemnizaciones se fijan por reglamento comunitario, la subida media está en torno al 30% sobre los importes actuales[1].”

El Ministerio de Agricultura, y el conjunto del sector,  valoró de manera positiva esta medida. Los nuevos niveles propuestos están recogidos en el cuadro adjunto.

FEPEX en un comunicado[2] destacó que “en el caso de los precios de las retirada con destino a la distribución gratuita y comparando la propuesta final de la Comisión con su anterior propuesta del mes de junio, cabe destacar el incremento de la cuantía de albaricoque, que pasa de 40,58 euros los 100 kilos a 64,18 euros/100 kilos, de nectarina, que pasa de 26,90 euros/100kilos a 37,82 euros/100 kilos, melocotón, que se incrementa de 26,90 euros/100 kilos a 37,82 euros/100 kilos, la uva que pasa de 39,16 euros/100 kilos a 53,52 y la pera de 23,85 euros/100 kilos a 33,96.

En el caso del tomate, el precio de retirada para el tomate de verano, del 1 de junio al 31 de octubre, no se modifica, manteniéndose en 7,25 euros/100 kilos, pero si se incrementa el precio de retirada del tomate de invierno, el que se produce entre el 1 de noviembre y el 31 de mayo, pasando de 27,45 euros los cien kilos a 33,96.”

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Para valorar el nuevo nivel propuesto, hay que tener en cuenta una serie de factores, que pueden llegar a ser contradictorios entre sí:

  • No puede haber ningún cálculo comunitario en base a los costes de producción, porque dichos costes varían considerablemente de un Estado miembro a otro y porque (salvo en el caso de los tomates) no hay diferencias entre periodos de producción y estaremos hablando de la misma variedad botánica pero de otro producto comercial.
  • Las indemnizaciones por retirada nunca deben cubrir los costes de producción, incluso en las regiones europeas (como Rumanía por ejemplo) con costes más bajo, porque diluiría el eje central y la fuerza del sector, que es estar a la escucha del consumidor.
  • Su efecto principal es de hacer desaparecer productos del mercado, limitando la sobre-oferta, y por lo tanto permitiendo un precio más remunerador (o menos desastroso) para los productos restantes vendidos en el mercado.
  • Por esto, las indemnizaciones deben al menos cubrir los costes operativos. Si además le dejan al productor algo para cubrir también en los productos retirados parte de sus costes de producción, mejor.
  • Pero en ningún caso deberían cubrir una parte significativa de un coste “medio” de producción, independientemente de lo que quiera decir esto de “coste medio de producción”.

Como era de esperar el COPA-COGECA, aunque le dé las gracias al Comisario Hogan  “por la iniciativa tomada”, considera “insuficiente” estas subidas para los tomates y las naranjas así como las cantidades previstas de melocotones, nectarinas, coliflores, peras  o manzanas. Quiere además que se amplié la lista de productos admisibles[3]. El ajuste, en los términos que se proponen, de las indemnizaciones de retirada me parece, a primera vista razonable y responder a los criterios que hemos enumerado anteriormente.

Con esto se resolvería una pieza del sudoku al que está confrontado el sector. Queda pendiente la asignatura de su nivel de organización, sin la cual por mucho que se ajusten  las indemnizaciones, seguiremos incapaces de hacer frente tanto a las mareas del mercado que a los tsunamis políticos, sanitarios o económicos.

Tiene pues razón Andres Gongora cuando afirma que “de nada sirve que se aumenten los precios de retirada si las OPFH no hacen uso de las mismas. Si el mecanismo de gestión de crisis se usa de forma desordenada o no se usa, tal y como ha sucedido hasta el momento, no causa el efecto que debería: reducir puntualmente el volumen de comercialización para que los precios se sitúen en niveles de rentabilidad. Para ello, es necesario fomentar la actuación coordinada a través de las AOP (asociaciones de OPFH)[4]”.

Si el mecanismo de las retiradas se usa poco es, a mi juicio, porque con más o menos la mitad de la producción organizada, es muy difícil estabilizar los mercados. Las medidas de disciplina y eliminación de excedentes tomadas por la producción organizada pueden quedar en aguas de borrajas si la otra mitad aprovecha para poner más producto en el mercado. También contribuye a esta ineficacia las 596 OPs existentes en España, más del tercio de todas las OPs comunitarias,  y el reducido tamaño de la gran mayoría[5].

Por esto impulse en la reforma del año 2007 las asociaciones de organizaciones de productores (AOPs), desde el punto de vista de política agraria el elemento más novedoso e interesante.

En el caso de la gestión de crisis, el interés estratégico de las AOPs es doble: el primero, más evidente, es el superar (al menos en parte) el problema del tamaño al que nos hemos referido permitiendo la actuación conjunta y coordinada de varias OPs. El segundo es menos evidente pero aún más interesante.

Las AOPs se constituyen a iniciativa de las OPs pero entre sus miembros puede haber agricultores no organizados. Se pretende con esto integrar, al menos en parte, en la OCM a productores de gran tamaño que no están interesados en participar en una OP pero que si están interesados en un mercado más equilibrado.

No nos hagamos ilusiones. Siempre habrá una parte importante de los productores que no estará interesados en participar en las OPs, con sus ventajas y sus obligaciones. Se trata de expandir los tentáculos de la Organización Común de Mercados (OCM) sin romper el principio del apoyo a la producción organizada.

El refuerzo de las AOPs es a mi juicio una de las grandes asignatura pendiente de la OCM. Con esto, llegamos muy naturalmente al segundo de los aparatados, la relación con el derecho de la competencia.

 

[1] https://revistamercados.com/21575/

 

[2] http://www.fepex.es/noticias/detalle/incremento-precios-retirada-frutas-hortalizas-propuetos-Comision-mejoran-eficacia-medidas-gestion-crisis

 

[3] http://copa-cogeca.eu/Menu.aspx

 

[4] http://www.coag.org/?s=2&id=070d8e87860a97ffa843b94995264d64

 

[5] http://www.magrama.gob.es/es/agricultura/temas/regulacion-de-los-mercados/151030datosops-fruitattraction_tcm7-400916.pdf

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