El Gobierno ha examinado, en primera lectura, un anteproyecto de ley para modificar dicha normativa, con el fin de avanzar en los pasos hacia un mayor equilibrio en las relaciones entre los distintos eslabones agroalimentarios (agricultores, industria y supermercados), según ha informado el ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas.
La modificación de la Ley de la Cadena es la segunda en 2020, ya que en febrero el Ejecutivo aprobó otro cambio, en reacción a las movilizaciones de agricultores y ganaderos en todo el país, en las que denunciaron la crisis del sector y reclamaron precios justos. En la primera fase, se introdujeron obligatoriedades de contratos escritos y además, sanciones por faltas graves, como la venta a pérdidas.
Ejes de acción
El ministro ha explicado que el anteproyecto “amplía los productos” afectados por la normativa, así como el número de prácticas comerciales consideradas desleales, como por ejemplo, las relativas a las cancelaciones de contratos y además, “incorpora sanciones”. De esta forma, el anteproyecto empieza su tramitación, con el objetivo de que la nueva ley pueda salir adelante este otoño, según el ministro.
Los tres elementos básicos a los que el Gobierno buscar dar solución son:
- Desequilibrio entre los distintos elementos de la cadena
- Falta de transparencia en la formación de precios
- Debilidad de agricultores y ganaderos de cara a su capacidad de negociación con los demás eslabones.
Nuevas medidas
Por ello, la modificación de la ley incorpora medidas más ambiciosas para lograr una cadena alimentaria más justa, más equilibrada, y que forme valor en cada uno de sus elementos. La modificación se basa y traspone una directiva europea; establece que tendrá cobertura comunitaria cualquier transacción -entre los operadores de la cadena alimentaria- que en parte se haya producido en España:
- Amplía los productos cubiertos por la ley, porque no solo serán los primarios -agrícolas y ganaderos- sino también los alimentos transformados.
- Asimismo, extiende los supuestos en los que los contratos serán obligatorios.
- Diferencia entre las prácticas comerciales desleales de la «lista negra» (aquellas prohibidas) y las de la «lista gris» (que pueden ser toleradas si se reflejan en el contrato).
- La Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA) será la entidad encargada de establecer y desarrollar el régimen de control necesario para comprobar el cumplimiento de lo dispuesto en esta ley.
- Incorporación de nuevas infracciones sancionables y recoge como tales la totalidad de las prácticas comerciales vetadas.
Entre las infracciones leves destacan la cancelación de un pedido de perecederos dentro de los 30 días previos a la entrega; y la devolución al proveedor, por el comprador, de productos agrícolas y alimentarios no vendidos.
Como graves se incorporan el incumplimiento de la obligación de suministrar la información cuando le sea requerida por la autoridad competente en el ejercicio de sus funciones, o hacerlo de forma engañosa, así como no presentar el contrato alimentario en el momento de la inspección y la obstrucción de los inspectores.
Sigue aquí la sesión sobre la reforma de la ley de la cadena que realizamos la semana pasada bajo el Encuentro Frutos Rojos:
El anteproyecto será objeto de informe por parte de las Comunidades Autónomas, el sector y la Comisión Nacional de Mercados de la Competencia, el Consejo Económico y Social y el Consejo de Estado.
El Gobierno de España se mantiene firme en su compromiso para dar respuesta a las reivindicaciones de agricultores y ganaderos con el objetivo de fortalecer su posición negociadora, dotar de mayor transparencia la formación de precios en el conjunto de la cadena y fomentar un reparto justo del valor añadido.