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La UE aprobará nuevas normativas para IPG y DO en 2015

El Proyecto de Ley de Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas de ámbito territorial supraautonómico para el sector agrícola ayudará a reforzarlo en los mercados exteriores.

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Las denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas, los ‘novel foods’ o nuevos alimentos, la normativa que regula la primera venta de productos pesqueros, el Real Decreto sobre los complementos alimenticios, la armonización legislativa relativa a los coadyuvantes tecnológicos en aceites vegetales, modificación de la producción y etiquetado de productos ecológicos serán los temas sobre los que girarán las novedades legislativas previstas para 2015.

Así lo ha constatado el experto en agroalimentación José María Ferrer, jefe del Departamento de Legislación de Aini Centro Tecnológico, a través de su blog, que desgrana que el Proyecto de Ley de Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas de ámbito territorial supraautonómico será positivo para el sector agro ayudando a reforzarlo y proyectarlo en los mercados exteriores.

Además, otros que afectarán al agro almeriense son los nuevos alimentos, con la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo, que se espera hacer realidad en 2015 para simplificar el procedimiento de comercialización para los alimentos naturales poco conocidos en la UE.

El Proyecto de Real Decreto por el que se regula la primera venta de los productos pesqueros legisla de forma integral la primera comercialización de la pesca, con especial atención a los procedentes de terceros países, garantizando la trazabilidad. Otro aspecto que afectará en Almería es el relativo a los productos ecológicos, para el que hay pendiente una Propuesta de Reglamento sobre este sistema de producción y su etiquetado. Ferrer señala que «la revisión debe tener en cuenta la evolución de las expectativas y preocupaciones de los consumidores y los ciudadanos, las normas de etiquetado son complicadas y se han detectado deficiencias en el sistema de control y el régimen comercial».

Sobre el etiquetado de productos sin envasar, la disposición fija los requisitos de información aplicables a estos alimentos cuando se comercializan mediante comunicación a distancia, teniendo en cuenta las peculiaridades asociadas a este tipo de comercialización.

Fuente: www.elalmeria.es.

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