La implicación de la reforma laboral en el sector agrario, que entrará en vigor el 30 de marzo, previa aprobación en el Congreso, ha sido abordada esta semana en un webinar organizado por FEPEX junto con Garrigues, en el que se analizaron los principales puntos aprobados, siendo el artículo 15, relativo a la duración de los contratos de trabajo, y el 16, sobre los contratos fijos-discontinuos, los que más afectarán, ya que regulan la contratación temporal, que es inherente al sector hortofrutícola por la estacionalidad de sus producciones.
Publicada en el BOE el 30 de diciembre, la reforma laboral ha sido requerida por la Comisión Europea vinculada a los fondos de recuperación y resiliencia, siendo sus principales objetivos reducir la temporalidad, así como incrementar la empleabilidad de la población más joven, según expuso la directora del Departamento de Empleo, Diversidad y Protección Social de la CEOE, Rosa Santos, quien formó parte del equipo negociador de la CEOE en la negociación de la reforma laboral con el Gobierno y los sindicatos.
En esta línea, los principales cambios aprobados en la reforma, entre otros, afectan a la contratación temporal, habiendo desaparecido el contrato por obra y servicio, y manteniéndose dos tipos de contratos temporales: el de circunstancias de la producción y el de sustitución de trabajadores.
El contrato de circunstancias de la producción se podrá realizar bajo tres circunstancias: el incremento ocasional e imprevisible, las oscilaciones de producción y las situaciones ocasionales y previsibles y de corta duración, según expuso la Asociada Senior del Departamento Laboral de Garrigues, María José Calvet. Sobre este punto es sobre el que más cuestiones surgieron en el webinar organizado por FEPEX, dada la dificultad de delimitar cuáles son las circunstancias de producción en cada caso.
Fernando Crespo, socio del Departamento Laboral de Garrigues, expuso también los principales cambios del artículo 16, relativo a los contratos fijos discontinuos, que a partir de ahora se deberán formalizar necesariamente por escrito y establecen una mayor concreción, teniendo que reflejar elementos esenciales de la actividad laboral, entre otros, la duración del periodo de actividad, la jornada y su distribución horaria. Por su parte, Federico Durán, Of Consel del Departamento Laboral de Garrigues, analizó el papel de la negociación colectiva.
Para FEPEX, el “Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo” afecta de lleno al sector hortofrutícola, porque implica grandes cambios en la contratación temporal, que es la más habitual en dicho sector, consecuencia de su idiosincrasia y de la estacionalidad de las campañas. La reforma no ha tenido en cuenta las características propias del sector de frutas y hortalizas, según expuso el presidente del Comité Laboral de FEPEX, Juan Hernández, es más, complica la contratación y está generando, además, una gran inseguridad en su futura aplicación.
La reforma va a suponer un reto para las empresas del sector hortofrutícola, que deberán replantearse a corto plazo su estrategia de contratación, según FEPEX. Las nuevas modalidades contractuales afectan a la competitividad del sector, dado el carácter intensivo de sus cultivos y la importante demanda de mano de obra necesaria para mantener su actividad productiva, lo que ocasiona que, en el sector hortofrutícola, el factor trabajo sea considerado como determinante de la competitividad de las explotaciones, dado que representa, en algunos casos, hasta el 50% del coste final de producción.