En concreto, las dos รณrdenes (AAA/1361/2014 de 16 de julio y la AAA/1360/2014 de 16 de julio) definen los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones tรฉcnicas mรญnimas de cultivo, el รกmbito de aplicaciรณn, los perรญodos de garantรญa, las fechas de suscripciรณn y los precios unitarios del seguro con coberturas crecientes comprendido en el Plan de Seguros Agrarios Combinados de 2014.
En el caso de los frutos secos, son asegurables, los bienes correspondientes a las distintas variedades de los cultivos de algarrobo, almendro, avellano, nogal y pistacho, cuya producciรณn sea susceptible de recolecciรณn dentro del perรญodo de garantรญa, asรญ como sus plantaciones.
Tambiรฉn serรกn asegurables, los plantones durante la fase de desarrollo previa a la entrada en producciรณn e instalaciones que cumplan unas caracterรญsticas mรญnimas.
Para el caqui y otros frutales, son asegurables los bienes correspondientes a las distintas variedades de los cultivos de azufaifo, caqui, castaรฑo, endrino, granado, higuera, kiwi y nรญspero, cuya producciรณn sea susceptible de recolecciรณn dentro del perรญodo de garantรญa, asรญ como sus plantaciones.
Al igual que con los frutos secos, tambiรฉn serรกn asegurables los plantones durante la fase de desarrollo previa a la entrada en producciรณn e instalaciones que cumplan unas caracterรญsticas mรญnimas.



