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El Ministerio publica un documento para resolver las dudas de la Ley de la Cadena Alimentaria

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado en su página web el documento “10 preguntas y respuestas en relación con la aplicación de la ley de la cadena”, una nota divulgativa con orientaciones para la aplicación de la reforma de la ley de la cadena alimentaria que entró en vigor el pasado 16 de diciembre y que está dirigido principalmente a los productores primarios.

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Aquí pueden acceder al documento: https://www.mapa.gob.es/images/es/ldcnotadivulgativaproductoresprimarios_tcm30-614136.pdf

Las diez preguntas, a las que el MAPA responde son las siguientes:

  • ¿Cómo deben formalizarse los contratos alimentarios?
  • ¿Cuál es el contenido mínimo de información que deben tener los contratos?
  • ¿Existen modelos específicos de contratos?
  • ¿Cómo debe establecerse el precio del contrato alimentario?
  • ¿Cómo se puede asegurar que el precio del contrato es superior al coste asumido por el productor?
  • ¿Cómo se calcula el coste asumido por el productor, esto es, el coste efectivo de producción?
  • ¿Cómo se da por iniciada y cuánto dura la fase de negociación contractual?
  • ¿Qué ocurre si he firmado un contrato a precio fijo y, durante el periodo de duración, se incrementan los costes?
  • ¿las entregas de productos por parte de los socios a las cooperativas o a entidades asociativas se consideran una venta de producto?
  • ¿Las cooperativas tienen que garantizar los costes efectivos de producción a cada uno de sus socios?

Las respuestas se abordan a modo de orientaciones sin que pueda considerarse una interpretación vinculante de la legislación.

Para FEPEX, la reforma de la Ley 12/2013 de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria, que entró en vigor el pasado 16 de diciembre, está creando una gran incertidumbre entre todos los operadores. Preocupa también la ampliación territorial del ámbito de la Ley, ya que, desde la reforma del mes de diciembre, afecta también a las exportaciones y obligará a los operadores, cuando no resulte de aplicación la legislación de otros EEMM, a someterse a obligaciones documentales y responsabilidades que no son exigidas en las relaciones comerciales entre otros EEMM de la UE ni de países terceros.

 

 

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