85 operadores agroalimentarios en el Registro de Buenas Prácticas Mercantiles
El Boletín Oficial del Estado (BOE) de este jueves 9 de marzo incluye la Resolución de la Dirección General de la Industria Alimentaria, por la que se publican los nombres de los 85 operadores inscritos por el momento en el Registro Estatal de Buenas Prácticas Mercantiles (CBPM) en la Contratación Alimentaria.
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Del número total de operadores, unas 64 son empresas agroalimentarias de distintos sectores de producción-transformación y 21 son Asociaciones de agricultores y ganaderos y de la industria alimentaria.
Hay que recordar que las asociaciones o agrupaciones, aunque pueden adherirse e inscribirse al Registro no son las que deben cumplir las reglas del CBPM en la contratación alimentaria. Son las empresas que forman parte de esas asociaciones, en caso de que voluntariamente decidan su adhesión, las que vendrían “obligadas” a su cumplimiento, siempre que quieren permanecer en ese registro y beneficiarse de alguna forma en esta circunstancia.
Por lo general, las reglas van más allá que las normas reguladas por la Ley 12/2013 de medidas para la mejora del funcionamiento de la cadena alimentaria, aunque existe algo de contradicción entre la voluntariedad de adhesión al CBPM y el deber de cumplimiento de las reglas del mismo, que solo sería obligatorio a los efectos de querer estar y permanecer en el Registro estatal
Por otra parte, el CBPM, en su punto 18, apartado V 1. Contratos, del capítulo V. Cláusulas de prácticas comerciales comunes a toda la cadena alimentaria contempla que “si en un determinado sector, como sucede en el lácteo, en el limón o en otros, existe un contrato-tipo homologado por la Administración competente, las empresas que suscriban el código deberán utilizarlo en sus relaciones comerciales, sin perjuicio del cumplimiento del resto de disposiciones establecidas en este Código en relación con la contratación”.
Se entiende, por tanto, que las empresas de un sector, que tengan un contrato-tipo homologado y que, además ahora, figuren inscritas en el Registro Estatal de BPM en la contratación alimentaria, deberían utilizar el modelo en sus relaciones contractuales, en el caso del vacuno de leche, por ejemplo, con los ganaderos que les suministran leche cruda de vaca. Algo que, por el momento, no sucede, porque aunque los contratos entre proveedor e industria están extendidos en este sector, son más una imposición de parte, de la parte más fuerte y con más poder de negociación, como es la industria, no son los que están homologados por el Ministerio de Agricultura.
Fuente: www.agronegocios.es