Últimos días ante la oficialidad del Brexit
El pasado viernes 24 de enero de 2020, los presidentes del Consejo, Charles Michel, y de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, firmaron el Acuerdo sobre la Retirada del Reino Unido en Bruselas.
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El acuerdo de retirada en el capítulo de mercancías (comercio de productos agroalimentarios incluido) subraya la necesidad de mantener una relación comercial ambiciosa, sobre la base de un acuerdo de libre comercio, y la constitución de una zona de libre comercio en la que existirá una profunda cooperación aduanera y reglamentaria, respaldada por disposiciones que garanticen la igualdad de condiciones para una competencia abierta y leal.
Aranceles: La asociación económica debe garantizar, mediante un acuerdo de libre comercio, que no habrá aranceles, tasas, gravámenes o restricciones cuantitativas en ningún sector con las consiguientes normas de origen apropiadas y modernas, y mediante ambiciosos regímenes aduaneros que estén en consonancia con los citados objetivos y los principios de las Partes.
Normas regulatorias: las Partes establecerán disposiciones para promover planteamientos reglamentarios transparentes, eficientes, compatibles en la medida de lo posible y que fomenten la evitación de barreras innecesarias al comercio de mercancías.
Las Partes deben tratarse mutuamente como entidades únicas en lo que respecta a las medidas sanitarias y fitosanitarias, en particular a efectos de certificación, y reconocer la regionalización sobre la base de la información epidemiológica adecuada proporcionada por la Parte exportadora.
Aduanas: Las Partes establecerán ambiciosos regímenes aduaneros. Para ello, las Partes contemplan emplear todos los mecanismos y tecnologías disponibles que puedan facilitar la tarea, respetando plenamente sus ordenamientos jurídicos y garantizando que las autoridades aduaneras puedan proteger los intereses financieros respectivos de las Partes y aplicar las políticas públicas.
Se proponen contemplar el reconocimiento mutuo de los programas de comerciantes de confianza, una cooperación administrativa en cuestiones aduaneras y del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y una asistencia mutua.
La ratificación de la UE: próximos pasos. El pleno del Parlamento Europeo votará el acuerdo el 29 de enero. Una vez que el Parlamento Europeo haya dado su aprobación, el Consejo adoptará, mediante procedimiento escrito, la decisión sobre la celebración del acuerdo en nombre de la UE.
Fuente: ASAJA