Podrán beneficiarse las personas físicas o jurídicas, o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, incluidos en el artículo 3 del Real Decreto 1055/2021, de 30 de noviembre.
El plazo para enviar la solicitud se iniciará a los 10 días contados a partir de la publicación del extracto de la orden y finalizará el 15 de septiembre de 2022
Además, deberán cumplir los requisitos establecidos en los artículos 3 y 4 de dicho real decreto.
La concesión directa de las subvenciones irá destinada a la adquisición de tractores agrícolas y máquinas arrastradas o suspendidas.
La cuantía máxima para conceder en esta convocatoria, según el texto, es de 6.550.000 euros para todo el conjunto de máquinas.
Al detalle, el presupuesto cuenta con dos líneas de ayudas: una de 2 millones para la adquisición de maquinaria de siembra directa y otra de 4 millones para el resto de maquinaria subvencionable.
Fuente: Efeagro