El cruce de reproches, críticas y pullas entre agricultores, fabricantes y supermercados -a veces de forma manifiesta, otras veces entre líneas- resonó esta semana en las paredes del Congreso, en cuya Comisión de Agricultura, Pesca y Alimentación los diputados vieron desfilar a una treintena de sus representantes para dar su versión de cara a la reforma de la Ley de la Cadena Alimentaria.
Bajo el foco se encuentran, sobre todo, los cambios introducidos en la citada ley por el Gobierno en febrero de 2020 y que son cuestionados por todas las partes, aunque por motivos muy distintos.
En el centro de todas las miradas se encuentra un concepto llamado “coste efectivo de producción“: la norma exige que comprador y vendedor firmen en su contrato que la transacción se realiza por encima de este importe, lo que a priori serviría para desterrar la venta a pérdidas.
A vueltas con los precios de referencia
En el campo se quejan de que, pese a que la normativa ya está vigente, no se cumple; los fabricantes lo consideran “inaplicable” y dudan de cómo se depurarán responsabilidades en caso de sanción; y los supermercados alegan que su problema no es tanto eso como las restricciones incluidas a su actividad promocional.
Las dudas sobre el coste de producción se centran en su cálculo, que en principio corresponde a cada eslabón de la cadena.
Pero, ¿qué sucede si ese importe no es real? ¿La responsabilidad legal sería del comprador -que no puede conocer los datos internos de la otra parte- o del vendedor -que podría alegar haber recibido presiones para aceptar un precio más bajo -?
Para ayudar a conocer si el coste de producción es más o menos ajustado, las organizaciones agrarias demandan al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación que elabore índices de referencia, un punto visto con recelo por las autoridades de Competencia.
La CNMC, atenta
“El concepto (coste efectivo de producción) no se define con precisión y puede provocar una mayor complejidad en los contratos y la utilización de índices comunes, favoreciendo alineamientos de precios“, advirtió la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia en su dictamen de septiembre.
Desde la industria levantan más dudas y apuntan a que podrían darse casos de agricultores obligados a tener que tirar su mercancía para cumplir la ley si no encuentran un comprador que acepte pagar al menos lo que le costó producirla.
Otras voces alertan de la competencia del producto procedente de países con costes muy inferiores, que podría desplazar a los agricultores y ganaderos españoles y acabar perjudicándoles.
Controversia suscita igualmente el alcance de la legislación, que hasta ahora se centraba en el eslabón más débil (el agricultor) pero que se podría extender al resto de la cadena; esto último causa fricción entre la industria, que está a favor por considerar que su posición es de inferioridad, y la distribución, que cree que ya existe “equilibrio” y se manifiesta en contra.
Alusiones a DIA
Protagonista inesperado de las sesiones fue el grupo DIA, ya que varios ponentes del sector industrial citaron como ejemplo la multa (de 6 millones de euros) impuesta a la compañía por infringir precisamente la Ley de la Cadena al exigir “pagos adicionales” a proveedores y confirmada por la Audiencia Nacional en 2020.
Fuentes del sector consultadas por Efeagro también apuntan a la existencia de tensiones entre las organizaciones agrarias (Asaja, COAG y UPA) y Cooperativas, ya que estas últimas se han alineado en esta ocasión con las tesis defendidas por la industria.
El sector primario ve atajar la venta a pérdidas como una forma de ayudar a evitar los bajos precios en el campo, pero otros eslabones advierten de que no hay una relación directa e inciden en que la clave para conseguirlo pasaría por que las sociedades agrícolas y las cooperativas ganasen tamaño y tener más peso en la negociación.
En un contexto de falta de consenso, la pelota está en el tejado del Parlamento y el Gobierno, que deberá hilar fino para recuperar el apoyo de todos los sectores a la norma aprovechando la posibilidad de reformarla con motivo de la transposición de la directiva comunitaria de prácticas comerciales deseleales.
Fuente: Efeagro