La Consejería de Agricultura ha declarado la presencia en la Comunidad Valenciana de la plaga de cuarentena denominada «Scirtothrips dorsalis Hood», también conocida como «trips del té» o «chilli trips», y ha dictado medidas urgentes para su erradicación y control en la región.
Según la resolución que publica hoy el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana, el «trips del té» es un insecto de la orden de los Tisanópteros originario del Sudeste Asiático, que actualmente está distribuido en Japón, India, República de Sudáfrica, Costa de Marfil, Kenia, Florida, México, Puerto Rico, Jamaica o Trinidad.
A finales de 2016, en las inspecciones que se realizan en la Comunitat Valenciana dentro del Plan de Vigilancia Fitosanitario Citrícola, se detectó su presencia en una trampa cromotrópica amarilla en el término municipal de Cox (Alicante).
Se realizaron entonces muestreos en las parcelas situadas en el área de influencia de la trampa, confirmándose la presencia de la plaga sobre material vegetal de cítricos en varias parcelas de alrededor de la trampa.
El «Scirtothrips» deposita los huevos en los tejidos más tiernos de la planta, y la alimentación por parte de larvas y adultos deriva en un severo daño celular en los tejidos atacados, dando lugar a deformaciones en hojas y frutos, y en la caída de flores.
Los daños en hojas afectan a la actividad fotosintética de la planta, pero las repercusiones más severas van asociadas a los ataques a las flores y frutos, pudiendo dar lugar a la pérdida de la cosecha por la caída masiva de flores o por la depreciación cualitativa de los frutos.
La Conselleria ha establecido las zonas demarcadas donde está presente este organismo nocivo, que se ha encontrado en varias parcelas de Albatera, Callosa del Segura, Cox, Granja de Rocamora y Orihuela.
Los propietarios de esas zonas que detecten la plaga o de sus síntomas en árboles de su propiedad tienen la obligación de comunicarlo a los servicios de sanidad vegetal de su provincia, y esas parcelas deberán ser tratadas con los productos fitosanitarios determinados por los servicios técnicos oficiales.
Como mínimo, se realizarán dos tratamientos consecutivos con un intervalo de dos a tres semanas alternando, a ser posible, las materias activas autorizadas, según señala la resolución.
La ejecución de las medidas fitosanitarias necesarias para la erradicación de plagas debe realizarlas el interesado, ya que se considera que es obligación de los particulares mantener sus cultivos en buen estado fitosanitario y aplicar las medidas que se establezcan ante la declaración de una plaga.
El incumplimiento de estas medidas puede ser considerado infracción administrativa y dar lugar al inicio de un expediente sancionador, señala la resolución.
La adopción de estas medidas implica la entrada en las fincas y parcelas de los particulares afectados por el organismo de cuarentena para la erradicación de todas las especies sensibles, sin perjuicio de que los titulares procedan a la ejecución de las medidas.
Fuente: www.lasprovincias.es