Hacienda estima un ahorro anual en los hogares de 1.320 millones por la rebaja del IVA
Con la prórroga para el segundo semestre de 2023 de la rebaja del IVA de alimentos básicos aprobada este martes por el Consejo de Ministros, el ahorro para las familias tanto por los productos que pasarán del 4% al 0% como por lo que cambien del 10% al 5% sería de 661 millones, como ya ocurrió en el del primer semestre del año.
Comparte
Gracias a la aprobación de esta medida, los hogares se ahorrarán 1.320 millones en este ejercicio por la rebaja del IVA, según el Ministerio de Hacienda.
El departamento recuerda que esta medida se lleva a cabo “para seguir contribuyendo a que los ciudadanos afronten de mejor manera el coste de la cesta de la compra” y señala que estas dos rebajas impositivas “se han mostrado eficaces en la lucha contra la inflación, tal y como atestiguan las sucesivas caídas de la misma en lo que va año”.
En concreto, se mantienen las rebajas de IVA del 4% al 0% en los productos de primera necesidad y del 10% al 5% en otros productos básicos. En el caso del IVA que pasa del 4% al 0%, los productos de primera necesidad afectados seguirán siendo: el pan común, así como la masa de pan común congelada y el pan común congelado destinados exclusivamente a la elaboración del pan común; las harinas panificables; las leches producidas por cualquier especie animal (natural, certificada, pasterizada, concentrada, desnatada, esterilizada, UHT, evaporada y en polvo); los quesos; los huevos; y las frutas, verduras, hortalizas, legumbres, tubérculos y cereales, que tengan la condición de productos naturales de acuerdo con el Código Alimentario y las disposiciones dictadas para su desarrollo.
Hacienda asegura que todas estas rebajas tributarias permanecerán en vigor hasta el 31 de diciembre de 2023, siempre que la tasa interanual de la inflación subyacente esté por encima del 5,5%. Si cae por debajo de esa tasa en el mes de septiembre, cuyo dato se conocerá en el mes de octubre, se recuperaría el tipo impositivo habitual de IVA en los alimentos antes referidos en los dos últimos meses previstos para la aplicación de la medida. Es decir, desde el 1 de noviembre.
Fuente: Financial Food