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23 Dic 2024 | Actualizado 10:27

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Denuncian cláusulas abusivas en los contratos de venta de caqui y cítricos

Ante el inicio de la recolección de las variedades más tempranas de mandarinas, naranjas y caquis, los productores y operadores comerciales se encuentran inmersos en las negociaciones para cerrar miles de contratos de compraventa de las cosechas.

caqui

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La Asociación Valenciana de Agricultores (AVA-ASAJA) advierte de que muchos comercios de carácter privado están incluyendo en dichos contratos una serie de clausulas abusivas, e incluso ilegales, con el objetivo de abonar menos dinero al productor.

Una de las irregularidades más extendidas en dichos documentos es la realización de un ‘escandallo’ o destrío en el almacén, especificando en algunos casos “al día siguiente de la recolección”. Según testimonios recabados por AVA-ASAJA, esta selección posterior del comercio suele implicar una pérdida media del 15% de la fruta recolectada aunque hay ocasiones donde el destrío alcanza el 50%.

La organización agraria defiende que este tipo de ‘escandallo’ no respeta la ley 3/2013 sobre los contratos y otras relaciones jurídicas agrarias aprobada por Les Corts Valencianes, puesto que cuando el comprador realiza la recolección de la fruta es el único responsable de que lo recogido y pesado en el campo resulta idóneo para la comercialización y “no puede alegar con posterioridad la existencia de ningún porcentaje adicional de separación de fruto en mal estado”.

Precisamente bajo la pretensión de endurecer al máximo este destrío, el texto manifiesta una calculada ambigüedad a la hora de señalar las normas de calidad en las que el comercio va a basarse para determinar las frutas aptas. AVA-ASAJA agrega que únicamente se suelen concretar requisitos como el calibre mínimo de la fruta: hay operadores de caqui que lo fijan en 70 milímetros, cuando la Denominación de Origen Kaki Ribera del Xúquer ha venido estipulándolo en 61.

Los agricultores también rechazan un descuento del 3% sobre el precio total que la mayoría de contratos contemplan “en concepto de gastos generales y demás”. Esta cifra del 3% históricamente cubre las funciones del corredor y, de acuerdo a la mencionada legislación autonómica, “la persona obligada a su pago es siempre la parte compradora, siendo nulo el pacto en contrario”. La inclusión de la modalidad ‘a comercializar’, es decir, sin un precio pactado, es otra clausula que la normativa considera nula cuando el agricultor es persona física.

AVA-ASAJA aconseja a los agricultores no firmar ningún contrato de compraventa sin antes consultar a expertos en esta materia y trasladará a la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA), organismo dependiente del Ministerio de Agricultura, todos aquellos documentos facilitados por los asociados que puedan atentar contra el espíritu y las normas de la legislación.

La organización agraria recuerda a los citricultores que existe un modelo de contrato homologado por la interprofesional Intercitrus de años anteriores que puede servir de referencia. En cuanto al caqui, AVA-ASAJA ha buscado vías de colaboración con los representantes de las empresas comercializadoras pero, aunque había puntos de encuentro, desde hace meses no han querido avanzar de cara a consensuar un contrato tipo beneficioso para ambas partes.

El presidente de AVA-ASAJA, Cristóbal Aguado, apela a los productores valencianos “a estar unidos para defender un contrato y un precio dignos. Todos debemos hacer números y si comprobamos que no salimos ganando, pues hay que plantarse y no vender, porque lo que estaremos haciendo es regalar la cosecha a otros y hundir al resto de los agricultores”.

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