Ya tenemos “nueva” PAC. Un acuerdo que establece las líneas estratégicas del nuevo modelo de política agraria comunitaria para el horizonte 2015-2020 y que se ha plasmado en una serie de reglamentos, entre los que destacan el de “Pagos Directos”, el relativo a “Desarrollo Rural” y el de “OCM Única”. Esta discusión ha estado marcada por cuatro factores: 1. La delgadez de los objetivos compartidos por los Estados miembros y la prevalencia de sus intereses particulares. 2. El condicionante presupuestario, tanto desde el punto de vista de la dotación financiera total como desde el reparto entre países y entre sectores. 3. La consideración del condicionante medioambiental que se ha plasmado en la introducción del componente verde (greening) del 30% de los pagos directos. 4. La participación, por primera vez, del Parlamento Europeo en la discusión, no como convidado de piedra, sino como un actor principal.
Hora de hacer balance. Se partió de una intención declarada (sustentada por concienzudos informes de situación, diagnóstico y necesidades del sector agroalimentario europeo) que apuntaba hacia la obligación de construir un modelo de PAC, con nuevos objetivos, más orientados al mercado y a las carencias de los productores: la concentración de la oferta y la valorización de los productos por los propios agricultores, el reequilibrio de la cadena, el establecimiento de mecanismos de regulación de la oferta y gestión del mercado, la mejora de la relación del sector agroalimentario con la aplicación del derecho de defensa de la competencia.
Pero, ese discurso se ha quedado, en gran parte, en un mero ejercicio teórico. Han pesado más las cuestiones presupuestarias y los intereses particulares: los de quienes tienen ya su oferta organizada; los de quienes no se atreven a “atacar” los derechos adquiridos de los perceptores de las ayudas PAC “tradicionales”; los de quienes se olvidan de que la fórmula más eficaz para preservar el medio rural es mantener la actividad agroalimentaria como un sector clave que impulsa el resto de actividades económicas de ese entorno; los de quienes creen que el concepto de orientación al mercado pasa necesariamente por una desregulación e inhibición de los poderes públicos a la hora de velar por su buen funcionamiento.
Y así, una vez más, hemos perdido la oportunidad de dedicar recursos a ayudas finalistas: destinadas a quien “hace” y no a quien “está”, a quien verdaderamente tiene una actividad relevante en términos del PIB y generación de empleo. El presupuesto de la PAC seguirá mayoritariamente destinado a Pagos Directos (en España el 75% del total), independientes y ajenos a todo lo anterior. Por otra parte, unos pagos que serán “más verdes” y que, “en teoría”, acaban con las referencias históricas. “En teoría”, porque se permite que países como España perpetúen esas referencias, neutralicen los efectos de la “convergencia” (que implicaría un acercamiento de las cuantías percibidas por los agricultores) y excluyan del régimen a nuevas hectáreas y perceptores. ¡Será el caso de una parte significativa del sector hortofrutícola español!
Al margen de los pagos directos, en el Reglamento de OCM Única, introduce una figura interesante, sí, demandada por las cooperativas: la de las organizaciones de productores. Con una definición finalmente más próxima a entidades económicas que a meras organizaciones representativas de dudosa capacidad operativa en el mercado, sí, pero sin dar el paso firme de dotar a estos agentes con medios reales para actuar en la cadena agroalimentaria y mejorar el poder del productor, que sólo mejorará mediante la concentración real de la oferta y no ofreciendo cierto grado (ficticio) de “negociación colectiva”, como se ha pretendido, en sectores como cereales, azúcar y aceite de oliva, al estilo del paquete lácteo.
El balance arriba descrito es el que se refiere a la PAC en general. Afortunadamente, hay alguna parcela mejor tratada. Como es el caso de determinadas líneas de desarrollo rural, que se convierten en la única política estructural para mejorar la competitividad o, dentro del Reglamento de OCM Única, del capítulo de frutas y hortalizas.
La política de desarrollo rural mantiene en gran medida el esquema de los anteriores PDR. Pero también alguna mejora: introduce nuevas medidas (Innovación, gestión de riesgos, agrupaciones de productores); elimina la limitación PYME para las ayudas a las inversiones; mejora la financiación de proyectos colectivos fruto de integraciones y permite la coexistencia de un PDR nacional con los regionales.
En lo que se refiere al régimen de ayudas específicas a las frutas y hortalizas dentro del Reglamento de OCM Única, sí hay motivos para la satisfacción: se mantiene el statu quo La intensa oposición ejercida por las organizaciones representantes de las cooperativas de frutas y hortalizas de Francia, Italia, Holanda, Bélgica y España, la opinión generalizada del sector, la posición conjunta de los principales Estados miembros productores (Francia, Italia, España) apoyados por el Parlamento Europeo, han servido para neutralizar las intenciones reformistas del Comisario Ciolos.
Así, el Reglamento de OCM Única mantiene el sistema de ayudas comunitarias a los Programas Operativos (PO) de las Organizaciones de Productores (OPFH) y, hasta nueva orden, no habrá “reforma sectorial”. Hemos conseguido que no se echen por tierra el saber hacer y los resultados alcanzados en el marco de la Organización Común de Mercados de Frutas y Hortalizas. Hemos logrado que se respete el sistema actual de ayudas del primer pilar a las OPFH para sus PO, proporcionales al valor de su produccion comercializada y destinadas a mejorar la competitividad y posición en el mercado de los productores, a concentrar y valorizar la oferta y adaptarla a la demanda. Unas ayudas que pueden garantizar su eficacia y utilidad por el hecho de que son finalistas (insisto, se paga por “hacer”, no por “estar”) y cofinanciadas: el beneficiario se compromete directamente en un plan de inversión. Unas ayudas que benefician a los socios de la OP, pero que sirven para generar estabilidad en el sector, actividad económica y empleo. Un sistema que supone una parte mínima del presupuesto general de la PAC (en España un 3%) pero el mayor éxito en términos de eficacia del gasto público.
Hubiéramos querido ver cómo este esquema se extendía a otros sectores para el modelo de PAC 2015-2020; nos conformaremos con haber conseguido preservarlo para las frutas y hortalizas.
La Reforma de la PAC no ha terminado. Queda mucho recorrido: 2014 será un período de transición muy complejo e incierto, en el que se deberá escribir la letra pequeña (reglamentos de aplicación) y adoptar decisiones sobre la aplicación de la reforma en cada territorio (normativa estatal).
Entre esas tareas pendientes desde el punto de vista del sector cooperativo, cabe destacar:
• El aprovechamiento de la posibilidad de “PDR nacional” para impulsar la recientemente aprobada Ley de Integración Cooperativa en España, e incentivar verdaderamente la concentración y organización comercial de un sector productor que tiene que fortalecer y mejorar su papel en la cadena de valor. Es decir, aprovechar la posibilidad de ejecutar con esa herramienta aquello que la política de Bruselas ha diagnosticado pero no es capaz de hacer.
• Una vez descartada la “reforma sectorial hortofrutícola”, el reto será mejorar las disposiciones de aplicación del régimen de ayudas a los PO las OPFH, explotando al máximo sus posibilidades y novedades (programas operativos de Asociaciones de AOP, nuevas herramemientas de Gestión de Crisis) y, sobretodo, mejorando la seguridad jurídica de la gestión de los PO y el reconocimiento de las OPFH.
Pero la PAC “no son sólo ayudas”. Esperamos también que ahora que ya estarán menos ocupadas, las instituciones comunitarias y estatales puedan dedicarse a otros dosieres igual de importantes o más, entre los que destacaría:
• La necesidad de mejorar el posicionamiento internacional de los productos hortofrutícolas europeos estableciendo un marco que elimine los obstáculos fitosanitarios de forma eficaz
y equilibre las condiciones de acceso a los
mercados.
• La necesidad de adoptar, medidas automáticas, contundentes e ineludibles para proteger la sanidad vegetal de las plantaciones europeas frente a los riesgos sanitarios que entrañan las importaciones de determinados países terceros.
Ello, para evitar, episodios sangrantes, como el sufrido en 2013 debido a la importación de cítricos con Guignardia citricarpa (Black Spot) desde Sudáfrica. Este episodio puso en evidencia el doble rasero y la falta de reciprocidad que marca la política comercial europea y la irresponsabilidad de su política de la protección fitosanitaria. Mientras que la Unión Europea no actúa contra los obstáculos que deben sortear los exportadores europeos de frutas y hortalizas hacia terceros países (donde se multiplican los controles, se limitan los puertos de entrada, se imponen inspectores fitosanitarios del país de destino, se producen rechazos subjetivos y demás condiciones abusivas que dificultan o imposibilitan las exportaciones comunitarias), esta administración sí es competente para derrochar permisividad, benevolencia cuando se trata de la entrada de frutas y hortalizas a cualquier parte de la Unión Europea, permitiéndose no utilizar los escasos medios con que se dota para proteger sus producciones y -cuestión aún más grave- poniendo en riesgo la salud de éstas.n