Escribe para buscar

Empresa Frutas

El BOE publica condiciones seguros para caqui y otros frutales

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica dos órdenes por las que se definen las condiciones para asegurar explotaciones frutos secos, las de caqui y otros frutales.

Comparte

En concreto, las dos órdenes (AAA/1361/2014 de 16 de julio y la AAA/1360/2014 de 16 de julio) definen los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los períodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro con coberturas crecientes comprendido en el Plan de Seguros Agrarios Combinados de 2014.

En el caso de los frutos secos, son asegurables, los bienes correspondientes a las distintas variedades de los cultivos de algarrobo, almendro, avellano, nogal y pistacho, cuya producción sea susceptible de recolección dentro del período de garantía, así como sus plantaciones.

También serán asegurables, los plantones durante la fase de desarrollo previa a la entrada en producción e instalaciones que cumplan unas características mínimas.

Para el caqui y otros frutales, son asegurables los bienes correspondientes a las distintas variedades de los cultivos de azufaifo, caqui, castaño, endrino, granado, higuera, kiwi y níspero, cuya producción sea susceptible de recolección dentro del período de garantía, así como sus plantaciones.

Al igual que con los frutos secos, también serán asegurables los plantones durante la fase de desarrollo previa a la entrada en producción e instalaciones que cumplan unas características mínimas.

Deja un comentario

Subscríbete a nuestra newsletter
Sé el primero en conocer las noticias diarias del sector hortofrutícola, directas a tu email
Suscríbete
Mantente informado, siempre puedes darte de baja.
close-link