MAGRAMA crea becas de alta formación para directivos de la cadena alimentaria
El objetivo de esta medida es ayudar al sector a adaptarse de forma más eficaz a los cambios tecnológicos, económicos y sociales. El Departamento aportará 257.000 euros, el 60% del importe de la matrícula de los cursos.
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El Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente ha publicado, en el Boletín Oficial del Estado, una Orden por la que se convocan becas de alta formación para gestores y directivos de empresas de la cadena alimentaria, por un importe de 257.000 euros, para 2015. Estas becas tienen como finalidad sufragar hasta el 60 por ciento del importe de la matrícula de las acciones formativas.
Las ayudas a la alta formación tienen como objetivo ampliar y consolidar las cualificaciones profesionales de gestores y directivos de empresas del sector agroalimentario, lo que permitirá una mejor adaptación de sus empresas a los cambios tecnológicos, económicos y sociales en que se encuentra inmerso este sector. Además servirán de apoyo a su desarrollo profesional y a la adquisición de habilidades y destrezas que contribuyan al éxito de sus compañías.
Para optar a las becas hay que tener, entre otros requisitos, una experiencia acreditada como gestor o directivo de, al menos, tres años en puestos de responsabilidad en gestión o dirección en empresas de la cadena alimentaria.
Se podrá solicitar beca si se está inscrito y con plaza confirmada en alguna de las 14 áreas temáticas de alta formación, recogidas en la Orden AAA/1834/2014, de 2 de octubre. Entre ellas, la dirección y gestión de empresas agroalimentarias; la innovación en modelos de negocios; la internacionalización y comercio exterior, las finanzas, el márketing, la comunicación y la gestión comercial agroalimentaria o el conocimiento del consumidor.
Las acciones formativas podrán ser de modalidad presencial, teleformación y mixta (presencial y teleformación) y de corta o larga duración.
Las solicitudes se presentarán en el plazo de un mes, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden en el «Boletín Oficial del Estado».