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Crisis citrícola, importaciones y riesgos fitosanitarios: intentando avanzar

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España exportación

Ya nos hemos referidos en varias entradillas a la crisis de precios que están padeciendo los productores españoles de cítricos. Hemos propuesto también algunas pistas, en España y las instancias comunitarias, para aprender de la situación actual y avanzar, en nuestra línea de la “utopía realista”, sin proponer imposibles.

Hoy le toca el turno a un aspecto extremadamente importante, el de los posibles riesgos fitosanitarios ligados a las importaciones de cítricos, en particular de Sudáfrica, tanto para el consumidor como para el potencial productivo de nuestro país.

El consumidor

Empezaremos por “el jefe”, el consumidor. La Unió de Llauradors denunció el uso de fitosanitarios prohibidos en España  en cítricos sudafricanos.

https://revistamercados.com/noticia/denuncian-el-uso-de-fitosanitarios-prohibidos-en-citricos-sudafricanos/

Entre otros muchos elementos, el artículo afirmaba lo siguiente:

Hasta más de medio centenar de materias activas de productos fitosanitarios prohibidas en la Unión Europea se pueden utilizar en el cultivo de cítricos en Sudáfrica. Entre ellos se encuentra el paraquat, un herbicida que con las dosis adecuadas afecta al tracto gastrointestinal, riñón, hígado, corazón y otros órganos. También se encuentra el metil azinfos, que está prohibido por la Agencia de Protección Ambiental desde 2004 y por la Unión Europea desde 2006. Este insecticida es altamente tóxico para los anfibios, peces, mamíferos, crustáceos y moluscos…

Por una parte, la utilización de estas materias activas, aparte de suponer un posible riesgo para los consumidores, implica un alto riesgo para las personas encargadas de su aplicación y del medio ambiente global. Por otra parte,también permite a los agricultores sudafricanos producir cítricos con menores costes de cultivo que a los agricultores europeos. A juicio de esta Organización Profesional Agraria, la situación supone “un claro agravio comparativo y discriminación para los agricultores valencianos y un perjuicio para los consumidores”.

Las reglas de cultivo son responsabilidad del país productor. Tiene pleno derecho de imponer, para proteger su medio ambiente o la calidad de vida de sus agricultores, las reglas que crea conveniente. Esto lleva a condiciones, y costes de producción, distintos. Esto es verdad en el caso de países terceros comparados con Estados miembros de la Unión Europea, pero también entre Estados miembros. Algunos de los productos autorizados en Europa y utilizados en España tienen su uso prohibido en Francia, por ejemplo.

En cuestión de importaciones, la pregunta es (sobre todo si se argumenta “un prejuicio para los consumidores”) si se observan residuos de estos productos prohibidos en la Unión Europea en los productos importados. Si este no es el caso, si no hay residuos, no hay prejuicio para el consumidor ni es legalmente posible bloquear las importaciones.

La mancha negra

Desde el sector se insiste en “la amenaza recurrente de las plagas procedentes de terceros países, entre ellas la “mancha negra” de los cítricos o “black spot”, causada por la “Phyllosticta citricarpa”, la principal enfermedad fúngica de los cítricos muy extendida por todos los países citrícolas del hemisferio sur, por China, EE.UU. y el Caribe, pero ausente aún de las plantaciones europeas.”

https://revistamercados.com/noticia/el-sector-citricola-andaluz-alerta-del-alto-riesgo-de-plagas-por-las-importaciones-de-terceros-paises/

En concreto, en 2017 se alcanzaron 36 interceptaciones de “Phyllosticta citricarpa” en envíos de Sudáfrica, Argentina, Uruguay, Suazilandia, China y Zimbabue; mientras que en 2018 las interceptaciones han sido ya 54, casi un 34% más que el ejercicio anterior. En el caso de la “Thaumatotibia leucotreta”, que afecta a los cítricos y a otros productos como rosas, pimientos o granadas, las interceptaciones han experimentado un  incremento de casi un 33% al pasar de las 141 de 2017 a las 208 de 2018.”

El asunto es relevante y puede tener consecuencias importantes. Según me cuenta algún amigo del sector, el problema radicaría en la Directiva de Ejecución (UE) 2017/1279 y en la posibilidad dada a los países exportadores de utilizar “métodos equivalentes” al tratamiento de frío para asegurar la inocuidad del producto importado. Lo digo con mucha prudencia, porque estoy en uno de mis muchos dominios de incompetencia.

Si esto es cierto, después de dos campañas de aplicación de la Directiva, podría proceder solicitar una evaluación de su funcionamiento, entre otros de la eficacia de los “métodos alternativos” y del impacto económico tanto de su supresión como de su mantenimiento. El momento ahora es idóneo, al acabarse la campaña de importación  para que, en su caso, las reglas mejoradas puedan estar de aplicación para la próxima campaña.

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1 Comentario

  1. Jorge 03/03/2019

    Se han creado el debate sesgado como que con lo que vieene de fuera de la UE solo es denunciable que no entren plagas y mismas condiciones fito.

    No existe el debate de por qué la UE hace esos acuerdos agrícolas abriendo el mercado europeo a paises no miembros de la UE que nos robaran los clientes,perdidas,bajos sueldos,cierres y paro.

    Hace ver hacerlo dentro de un mundo globalizado
    HABRÁN LO OJOS ,QUÉJENSE Y PIDAN QUE NO ENTRE A EUROPA LO PRODUCIDO FUERA DE LA UE

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