Cambiar la naturaleza de las cosas por decreto
Comparte
Las expectativas imposibles de la Ley de la Cadena Alimentaria.
Pere Ramoneda. Ingeriero Agrícola, Dpldo en Economía Agroalimentaria y Ldo. en Publicidad 30 años en el comercio Hortofrutícola.
Existe una gran diferencia entre resolver un problema y dar árnica a sus consecuencias. Así mismo y como bien ha puesto de manifiesto en su último libro el Dr. Inerarity no puede hallarse solución a problemas complejos con medidas simplonas. Cuando se ofrecen este tipo remedios, uno sólo puede concluir que o bien, uno está ante una operación de marketing político o bien nuestros bien intencionados representantes no disponen de la información necesaria para tomar las decisiones correctas. La medida incluida en la propuesta de revisión de la Ley de la Cadena Alimentaria de prohibir las ventas por debajo del coste de producción, es de efectos tan perniciosos para los agricultores, en especial los pequeños, como imposible de aplicar.
No se equivoquen. No estoy dando cera al actual Gobierno, pues la citada Ley nació con los mismos defectos en tiempos del Partido Popular. Estamos en tiempos de poner paños calientes. Sin duda. La situación del campo, de la rentabilidad de la explotaciones agrarias es la peor desde nuestra integración en la UE. Estamos todos de acuerdo en que son necesarias medidas que palien la caída de ingresos frente al crecimiento de los gastos.
Estas medidas quizás faciliten el retiro de algunos agricultores y eviten la quiebra de los que tienen potencial y ganas para continuar. Estas pueden ser medidas fiscales y de apoyo financiero pero no van a resolver el problema de fondo, que es la incapacidad del sector para regular su oferta y su debilidad para sostener precios ante la más mínima situación de exceso de oferta.
Los productos perecederos y las producciones agrícolas tienen dos aspectos consustanciales que por obvios parece que no se comprenden; la variación de características de la cosa vendida, en un corto plazo, muchas veces más breve que el tiempo que transcurre entre el acuerdo de transacción y la recepción de la cosa por el comprador, (fresas y frambuesas, horas; melocotones y coliflores, días; manzanas o patatas, semanas) así como la impredictibilidad de la oferta en un momento y lugar determinado.
La Ley de la Cadena Alimentaria 12/2013 del Ministro Cañete tenía dos grandes objetivos; eliminar la venta en consignación (sin precio) así como reducir el plazo de pago a 30 días entre todos los eslabones de aquella. La realidad es que no ha conseguido sino parcialmente el segundo.
La venta en consignación forma parte del comercio de perecederos en todo el mundo, desde las naranjas de Sudáfrica para USA a las lechugas de California para Canadá en un gran abanico de variantes desde las operaciones Open Book, las expediciones con un mínimo garantizado o las operaciones con precio “firme” sujetas al control de calidad al arribo. Y ello es así debido a los dos aspectos consustanciales definidos en el párrafo anterior.
Así las cosas, los efectos de la Ley de Cañete fue la formalización de contratos ciertos en el último eslabón de la cadena, es decir, con la gran distribución y la formalización de miles de contratos en papel de fumar entre los agricultores y los almacenistas en origen o entre estos y los mayoristas en destino. Y ello simplemente porque sólo se podrían establecer precios firmes si la calidad y condición del producto en el momento de arribo al mercado fuese perfectamente definida y el volumen de oferta en ese mercado y ese momento fuera mínimamente predecible.
Por lo que se refiere a la aceleración de los términos de pago sólo se han cumplido en el último eslabón, a veces con cargo al agricultor pues donde los Contratos-plantilla de la gran distribución incluían un rappel logístico de 4 puntos más uno por pago acelerado, ahora sólo incluyen 5 puntos de rappel logístico. En el resto de eslabones, los pagos de las cosechas de verano siguen siendo abonados por las cooperativas en Navidad y por los comercios privados en la semana de la Constitución. Y es que la estructura financiera de un sector, tampoco puede cambiarse por decreto sino con paquetes de medidas económicas además de jurídicas.
La medida estrella de la actual revisión de la ley, la prohibición de venta en pérdidas, parece no haber entendido nada de la realidad consustancial del producto agrícola y perecedero. En un momento de sobreproducción o sobre oferta, ¿quién va a quedarse sin vender la cosecha si no se puede vender por debajo de un determinado nivel? Pues el pequeño agricultor. ¿Y será mejor quedarse sin vender que vender por debajo del coste? ¿Será mejor perder todo que perder una parte? ¿Cuál es el coste de producción si un mismo agricultor puede obtener de la misma parcela en campañas diferentes 30, 40 o 50 Tm? ¿O dos agricultores diferentes en parceles iguales y vecinas el uno un 80 % de producto comercial y el otro solo un 50%? Siendo el coste de producción el mismo para una manzana capaz de tentar a Adán como el de su vecina rozada y deformada por el viento, quién pagará el precio mínimo de la segunda? Resulta incomprensible que los Sindicatos Agrarios y las Uniones de Cooperativas aplaudan a rabiar la medida cuando van a ser los grandes damnificados.
Las cooperativas escapaban en la primera redacción de la Ley en su obligación contractual entendiendo la ley –correctamente- que Cooperativa y su asociado tenía unidad de interés. Pero en esta segunda versión, la cooperativa tendrá que sumar el coste agregado de su agricultor con el de su operación no pudiendo vender por debajo de dicha suma. ¿Qué va a decirle al agricultor en cuanto este valor no se alcance en el mercado? Afectando la ley a todas las categorías y a cualquier momento de campaña ¿En qué sano juicio cabe pensar que el pequeño agricultor copará los contratos a precio “correcto” cuando el mercado empiece a tensionarse?
Por otro lado, tratándose de una Ley no armonizada en el Mercado Único, la ingeniería comercial creativa de la que hacemos gala desde el Lazarillo de Tormes, encontrará soluciones tan sencillas como que la distribución compre en Francia o Italia, donde la Ley no tendrá efecto, e incluso que los expedidores vendan a un intermediario de Perpignan lo que su cliente recomprará allí (todo en papeles obviamente). Amén de otras soluciones que nuestra picaresca encontrará.
Resumen de la medida de prohibir las ventas por debajo del coste de producción: jaque mate al pequeño agricultor. En lugar de un sistema solidario de regulación de oferta, en marcha un sistema salvaje. No existe una medida milagrosa que resuelva el problema. La Política Agrícola de la UE aborda este problema complejo de forma poliédrica. Después de la Reforma MCSharry de 1992 se establecieron Organizaciones de Productores y sus asociaciones, posteriormente se legisló sobre las Circunscripciones Económicas y su posibilidad de extensión de Norma así como sobre la vertebración interprofesional. Se ha dotado al sector de la legislación y las finanzas para la concentración de la oferta y la modernización de las estructuras de comercialización y si los efectos surtidos son insuficientes es porque el propio sector no ha tomado conciencia de que debe hacer un uso auto-regulatorio en vez de expansivo de tales dotaciones financieras.
El debate político es seguramente más jocoso si cursa sobre aspectos demagógicos, por ejemplo, la diferencia de precios de origen a destino (explico aquí por qué no hay nada turbio entre que el agricultor venda naranjas a 0,23 €/kg en el árbol y parte de ellas acaben a 1,55 €/kg en el supermercado) o por ejemplo el daño que nos hacen las importaciones de países terceros (que lo hacen! Pero estamos obligados a la reciprocidad cuando nuestra economía agroalimentaria depende absolutamente de nuestras exportaciones) . En cambio, el debate será más productivo si se centra en la esencia del problema: La necesaria auto-regulación de la oferta, disponer de Registros de Plantación fiables y puntuales, Previsiones de Cosecha concienzudas y actualizadas, Stocks en Cámara ciertos y transparentes, y acordemos retirar de venta de forma solidaria los pequeños volúmenes que destrozan los precios, mediante fondos mutuales con reglamentos respetados por todos.
Parece que aún no hemos llegado al punto de catarsis en la que el sector actúe como define el investigador social Simon Sinek con “Trusting Cooperation”, lo que el sentido común llama “hoy por ti mañana por mí”. Si eso no ocurre el sector quedará reducido a unos pocos operadores como sucedió en California en la década de los 90, final que ya se vislumbra con las recientes adquisiciones de Fondos de Inversión en las compañías agrícolas líderes.
La inexistente interprofesional de Frutas y Hortalizas debería frenar la tropelía que se va a cometer con la propuesta de modificación de esta Ley.