Según informan desde el Ministerio, la nueva norma introduce la obligación de incluir de manera expresa en los contratos los costes de producción, de tal forma que el precio pactado entre los operadores no sea inferior a dichos costes.

Desde el Ministerio aseguran que “con la modificación de la normativa se pasan a considerar graves infracciones que antes eran leves, como no formalizar por escrito los contratos alimentarios, no incluir el precio o realizar modificaciones en el precio. De igual forma, se consideran como infracciones graves la destrucción de valor en la cadena alimentaria, así como realizar actividades promocionales que induzcan a error sobre el precio e imagen de los productos. En este sentido, se dará publicidad de las sanciones graves y muy graves”.

Fuente: AenVerde